Registro de operadores intracomunitarios (ROI): cuándo darse de alta

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Si alguna vez has pensado, como propietario de un negocio, en expandir tu comercio a otros países de Europa, necesitas realizar una serie de peticiones y procesos para legalizar tu situación comercial fuera de España. Uno de ellos es darse de alta en el registro de operadores intracomunitarios (ROI). Este pequeño gesto puede ayudarte mucho a la hora de vender o comprar dentro de la Unión Europea, además de hacer que tu negocio no tenga que pagar impuestos y retenciones por esos intercambios. Veamos en qué consiste este registro y cómo puedes darte de alta.

¿Qué es el Registro de Operadores Intracomunitarios?

El ROI (por las siglas del término) es una ‘lista’ o censo que recoge a empresas y/o profesionales con la autorización para operar, comerciar y facturar con entre ellas, aunque sean de otros países de la Unión Europea (UE). El objetivo es facilitar y fomentar las relaciones comerciales entre negocios de distintos territorios. Si quieres operar en el marco del IVA intracomunitario tienes que estar inscrito en el ROI, gestionado por la Agencia Tributaria en España. Si quieres saber más sobre este tipo de IVA, puedes leer este artículo.

Como supondrás, el ROI tiene varias directivas que lo regulan y reglamentos que se tienen que cumplir. La más importante de ellas es la 2006/11/CE del Consejo. Proporciona las instrucciones que los interesados tendrán que seguir si quieren realizar estas operaciones en la UE. Si una empresa o autónomo se inscribe, significa que tiene una autorización como operador intracomunitario y ya puede realizar operaciones sin IVA con empresas de otro países de la UE. Para ello se necesita un número de IVA intracomunitario, que solamente se puede conseguir inscribiéndose en el registro de operadores intracomunitarios (ROI).

La misión de este registro es facilitar todo lo posibles las operaciones intracomunitarias sin que choquen o haya conflictos con el IVA. Hay que tener en cuenta que cada país tiene un porcentaje de IVA distintos; en España es del 21%, pero no es así para el resto de países. Con el ROI el IVA se elimina, y así cualquier malentendido o conflicto entre impuestos de países diferentes. Si piensas iniciar relaciones comerciales en la UE, aquí tienes una lista de todos los países miembros del ROI:

Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI)

¿Quién debe darse de alta?

Por ley, están obligadas a darse de alta todas aquellas empresas, personas autónomas y sociedades mercantiles que realicen una o varias de estas operaciones:

  • Adquisición y venta de productos a empresas de países de la UE.
  • Adquisición y venta de servicios a empresas de países de la UE

Estos requisitos hacen que cualquier entidad que quiere comprar o vender productos a sus vecinos de la UE tenga que estar registrada en el ROI, sin importar la cantidad comprada o gastada o el régimen del IVA que se aplique en cada caso. Eso sí, el registro de operadores intracomunitarios no se aplica si el cliente es un particular. Para este tipo de ventas deberías aplicar el la factura el IVA español, a menos que te registres en el sistema de Ventanilla Única. Con él puedes vender productos en la UE y aplicar automáticamente el IVA que cada país tenga.

Solamente puedes utilizar este sistema si eres una empresa de e-commerce (como Amazon o Shopify). Como en el ROI, este sistema también es de obligada inscripción, especialmente si facturas más de 10.000€ en la UE.

Estar dado de alta en el ROI no es obligatorio, pero sí muy aconsejable, ya que puedes ahorrarte mucha burocracia y aprovecharte de todas las ventajas fiscales que conlleva. Puedes hacerlo tú mismo o contar con una asesoría fiscal que lo haga por ti.

¿Cómo puedo darme de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI)?

Como hemos comentado, la Agencia Tributaria es el organismo que lleva las inscripciones en el ROI, por lo que tendrás que dirigirte a su página web para inscribirte. Solamente tendrás que presentar, de forma telemática, el modelo 036. Es el mismo que cuando te das de alta en Hacienda como profesional, pero con ciertas variaciones. Veamos punto por punto cómo puedes inscribirte en el registro de operadores intracomunitarios (ROI):

Estar dado de alta en Hacienda como empresa o autónomo. Antes de poder realizar cualquier otro movimiento, si quieres comprar o vender en la UE tendrás primero que estar inscrito en España como profesional autónomo o empresa. Simplemente presenta el modelo 036 y solicita el Alta Censal de empresarios, profesionales y retenedores.

Accede al modelo 036 en la sede electrónica de la AEAT. Una vez tengas el primer paso, toca rellenar el modelo 036 en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Tanto el alta como la baja del registro se pueden presentar electrónicamente, con un certificado digital, o de forma presencial , mediante cita previa.

Una vez en la sede de la AEAT, en el apartado ‘Censo, NIF y domicilio fiscal’, inicia los trámites del registro de operadores intracomunitarios. Haz click en ‘censo’ y después en los ‘Modelos 036 y 037’.

Cumplimenta el modelo 036. Una vez tengas acceso al modelo 036, incluye tus datos personales e identificativos y marca las 3 casillas que te comentamos a continuación para dar a entender a Hacienda que quieres darte de alta en el registro de operadores intracomunitarios (ROI):

  • Casilla 130. Indica el motivo de presentación del modelo es la inscripción del ROI (apartado ‘b’ de la página 1). 
  • Casilla 582. Sirve para solicitar el alta en el ROI (página 5). 
  • Casilla 584. Tendrás que indicar cuál es la fecha de la primera operación intracomunitaria que tienes prevista.

Paso 4: Presentar el modelo 036. Una vez tengas todos los campos rellenados, revisa cada uno de ellos antes de enviarlo. Ten en cuenta que tendrás que esperar a que tu solicitud sea aceptada. Hacienda, para cubrirse las espaldas, da un plazo de hasta 3 meses para responder a este tipo e solicitudes. No significa que contesten cuando se vaya a acabar el plazo, sino que pueden contestar al primer mes, al segundo o incluso 2 semanas después de la solicitud. Sin embargo, si pasados los 3 meses no han contestado, significa que tu petición para inscribirse en el registro de operadores intracomunitarios (ROI) ha sido denegada.

Si quieres comprobar si estás dado de alta en el ROI, consulta el registro de VIES de Operadores Intracomunitarios en la página de la Agencia Tributaria. Ahí mismo también podrás consultar si un cliente o un proveedor de otro país de la UE forma parte del ROI. Es necesario que las 2 partes estén inscritas para que una operación intracomunitaria sea válida y esté exenta de IVA.

Modelo 349

Si eres autónomo o una sociedad y realizas operaciones intracomunitarias, necesitarás presentar el modelo 349, cada cierto tiempo (mensual, bimensual, trimestral o anual), dependiendo de:

  • Si los ingresos son menores a 50.000 € anuales, se hace de forma trimestral.
  • Si en el primer mes del año se han facturado más de 50.000 €, la declaración es mensual.
  • Si en el segundo mes de un trimestre has superado los 100.000 € facturados, la declaración se realizará cada 2 meses. 

Este trámite, a diferencia del ROI, es puramente informativo. Es una manera de que Hacienda tenga constancia de las operaciones intracomunitarias que se hacen por parte de empresas, autónomos o entidades españolas. Su función es completamente opuesta, por ejemplo a la declaración del IRPF, de la que depende que puedas salir a pagar o a devolver, o a la declaración trimestral del IVA.

¿Se puede recuperar el IVA de facturas hechas en otros países miembros?

Si tu empresa ya está acostumbrada a comprar o vender a otros países de la UE, es habitual que debas desplazarte a aquellos territorios con los que comercias. Si, durante el tiempo en el que estés de viaje por trabajo, tienes, por ejemplo, que quedarte en un hotel o desplazarte de un sitio a otro, puedes considerar todos estos gastos como actividades derivadas de tu actividad profesional. Por lo tanto, estas facturas tendrás IVA. 

Podrás recuperar este dinero si:

  • Presentas el modelo 360 antes del 30 de septiembre del año siguiente.
  • Es un tipo de IVA que también es deducible en España.
  • La factura está directamente relacionada con tu actividad.

Tendrás que realizar la solicitud de devolución por cada país al que hayas ido o en el que tengas gastos de actividad.

¿Cómo puedo darme de baja en el ROI?

Si consideras que ya no vas a realizar ninguna actividad comercial entre países de la Unión Europea, siempre puedes darte de baja en el registro de operadores intracomunitarios (ROI). El proceso es muy similar al alta: tendrás que presentar de nuevo el modelo 036, pero esta vez indicando que se trata de una solicitud de baja. Para ello, marca la casilla 130 (es la que sirve para comunicar la intención de alta o baja del registro) y la 583 para solicitar formalmente la baja en el ROI.

Sabemos que este tipo de operaciones pueden ser un poco complicadas o engorrosas, sumadas ya de por sí al trabajo diario que realizarás. Si necesitas ayuda o quieres dejar todos estos temas a una asesoría para que los lleve a cabo sin que tengas que ocuparte de nada, puedes estar seguro de que en Blegal podemos ayudarte. 

Te ofrecemos un equipo profesional, preparado y diverso que trabaja de en estrecha colaboración para que cada cliente tenga lo que necesita. Trabajamos con la mirada puesta en el futuro de tu negocio, crecemos contigo. Ponte en contacto con nosotros si tienes alguna duda o quieres que comencemos juntos la nueva etapa de tu negocio.

Foto de Álvaro Serrano en Unsplash

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