El Ministerio de Trabajo publicó ayer una guía para la actuación en el ámbito laboral con una serie de recomendaciones acerca del coronavirus.
Cada caso es distinto, por lo que te recomendamos que hables con tu responsable de cuenta en el ámbito laboral para valorar tu caso concreto, pero a rasgos generales debes tener en cuenta:
- El empresario debe dar los medios necesarios y razonables para evitar el contagio, por ejemplo:
- Baños en funcionamiento y disponibles, con jabón, agua corriente y un medio higiénico de secado.
- Gel alcohólico en situaciones en las que el lavado de manos no pueda hacerse con agua y jabón.
- Un protocolo claro a seguir en caso de que un trabajador tenga síntomas.
- En los casos en que el teletrabajo es una posibilidad, recomendamos verificar que la plantilla ya dispone de los medios técnicos necesarios para así afectar a la producción lo mínimo en caso de cuarentena. Se aconseja realizar un simulacro.
- Analizar con tiempo el impacto en ingresos y ventas para planificar y ajustar.
Existen puntos espinosos y preguntas sin responder relacionadas con la paralización de la empresa, por ejemplo:
¿Puede la empresa obligar a hacer vacaciones para compensar la pérdida de la producción o debe hacer un ERE?
¿Es la cuarentena de la plantilla sin posibilidad de teletrabajo motivo para hacer un ERE?
¿Quién debe pagar esos 15 días de cuarentena?
¿Estar en cuarentena debe traducirse de forma inmediata en una baja médica?
Han surgido ya severas críticas que declaran que algunas de las recomendaciones o medidas del Ministerio no se ajustan totalmente a derecho, dudas que se espera se resuelvan en los próximos días.
Tanto si eres empresario/a como empleado/a no dudes en consultar con nuestro equipo para tener un plan y estrategia clara que minimice el impacto del coronavirus en tu trabajo y tus resultados siguiendo estas recomendaciones acerca del coronavirus.