El Plan de Igualdad en empresas es una medida esencial para garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral. Su objetivo es eliminar la discriminación por razón de sexo y debe establecerse de forma negociada entre la empresa y la representación legal de los trabajadores. Su regulación principal se encuentra en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, El Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, regula los planes de igualdad y su registro y en el Real Decreto-Ley 6/2019, que redujo de 250 a 50 el número de trabajadores necesarios para su obligatoriedad.
Cuándo es obligatorio un Plan de Igualdad
La ley establece tres criterios para la obligación de implantar un Plan de Igualdad:
- Por Convenio Colectivo: Según el artículo 45.3 de la LO 3/2007, las empresas deben elaborar y aplicar un Plan de Igualdad cuando el convenio colectivo aplicable lo establezca.
- Por Número de Trabajadores: El Real Decreto-Ley 6/2019 establece la obligatoriedad según el tamaño de la empresa:
- Por Resolución de la Autoridad Laboral: Si en un procedimiento sancionador se sustituye la sanción por la elaboración e implementación de un Plan de Igualdad.
- Empresas sancionadas previamente por discriminación.
Beneficios de implantar un Plan de Igualdad
Además de cumplir con la normativa, la implementación de un Plan de Igualdad ofrece beneficios como:
- Cumplimiento normativo: Garantiza el cumplimiento legal en igualdad de género y evita sanciones.
- Mejora del clima laboral: Fomenta el respeto, la inclusión y reduce conflictos.
- Aumento de la productividad: Un entorno equitativo motiva a los empleados y mejora el rendimiento.
- Reducción de la brecha salarial: Asegura oportunidades justas sin discriminación de género.
- Prevención del acoso: Implementa medidas para evitar y gestionar casos de acoso o discriminación.
- Atracción y retención del talento: Hace más atractiva a la empresa y reduce la rotación de personal.
- Reputación corporativa: Mejora la imagen de la empresa como socialmente responsable.
- Acceso a beneficios públicos: Permite optar a subvenciones y licitaciones.
Medidas para elaborar un Plan de Igualdad
El Plan debe incluir medidas en los siguientes ámbitos:
- Acceso al empleo.
- Clasificación profesional y promoción.
- Formación.
- Retribución.
- Conciliación de la vida laboral y familiar.
- Prevención del acoso sexual y por razón de sexo.
Para ello, se debe realizar un diagnóstico inicial que contemple:
- Proceso de selección y contratación.
- Auditoría salarial.
- Situación de infrarrepresentación femenina.
Proceso de negociación
La negociación debe ser paritaria y contar con:
- Parte social (comité de empresa, secciones sindicales o sindicatos representativos).
- Parte empresarial (representantes con capacidad de decisión en RRHH).
Ambas partes pueden contar con asesores externos. Los acuerdos requieren mayoría de la parte social y conformidad de la empresa.
Contenido mínimo del Plan de Igualdad
El plan debe incluir:
- Partes negociadoras y ámbito de aplicación.
- Diagnóstico de situación.
- Resultados de la auditoría retributiva.
- Objetivos cualitativos y cuantitativos.
- Medidas concretas, plazos de ejecución e indicadores de seguimiento.
- Recursos materiales y humanos asignados.
- Procedimiento de modificación y resolución de discrepancias.
Debe incluir expresamente a personas trans y puede incorporar medidas adicionales sobre violencia de género, lenguaje inclusivo y teletrabajo.
Vigencia y seguimiento
El Plan de Igualdad tiene una vigencia máxima de 4 años, con al menos dos evaluaciones (intermedia y final). La revisión periódica debe incluir el diagnóstico y las medidas adoptadas.
Registro del Plan de Igualdad
Las empresas están obligadas a registrar su Plan de Igualdad en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo (REGCON).
Sanciones por incumplimiento
El incumplimiento del Plan de Igualdad conlleva sanciones:
- Multas de 751 a 7.500 euros por infracción grave.
- Hasta 225.018 euros si la exigencia proviene de una resolución de Inspección de Trabajo.
- Ejemplo: En 2022, se impusieron sanciones por más de 2,3 millones de euros en 950 infracciones.
- La Audiencia Nacional ha condenado a empresas al pago de hasta 80.000 euros, más 145 euros diarios por incumplimiento del Plan.
- Otras Consecuencias:
- Pérdida de ayudas y bonificaciones: El incumplimiento puede resultar en la pérdida de ayudas públicas o bonificaciones.
- Prohibición de contratar con la Administración Pública: Las empresas que no cumplan pueden ser excluidas de licitaciones y concursos públicos.
- Daño reputacional: El incumplimiento de la normativa de igualdad puede tener un impacto negativo en la imagen pública de la empresa.
El Plan de Igualdad es una herramienta clave para la equidad laboral. No solo es una obligación legal para muchas empresas, sino que aporta beneficios en términos de productividad, imagen y competitividad. Implementarlo de manera efectiva permite a las empresas cumplir con la normativa y mejorar su cultura organizacional.
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