Pacto de socios

Emprender es una aventura que podemos plantearnos solos o acompañados. Tener socios puede ser una solución que aporte conocimientos, fondos, manos extras y otros factores que nos pueden llevar al éxito, pero también puede ser motivos de tensiones o el fracaso del proyecto empresarial.

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pacto de socios

En este artículo tratamos importantes claves para tener un socio y no morir en el intento. Son puntos que deben primero hablarse pero sobre todo reflejar en un documento suscrito por todos los implicados, un pacto de socios. Ya lo decía Cayo Tito en el senado de Roma «las palabras vuelan, lo escrito queda».

Emprender es una aventura que podemos plantearnos solos o acompañados. Tener socios puede ser una solución que aporte conocimientos, fondos, manos extras y otros factores que nos pueden llevar al éxito, pero también puede ser motivos de tensiones o el fracaso del proyecto empresarial.

¿Socios, accionistas, partícipes? A efectos del contenido de este artículo los tres son sinónimos.

¿Qué es un Pacto de Socios?

El Pacto o acuerdo de Socios es un documento privado que permite regular determinadas situaciones que no se contemplan en los Estatutos de la sociedad. Los siguientes son aspectos generales que debe contemplar un pacto de socios pero cada negocio o proyecto tiene sus particularidades que hacen imprescindible contar con el asesoramiento de un abogado con experiencia para la negociación final y firma del documento. Un pacto de socios además puede elevarse a público para mayores garantías.

Definir el % de participaciones

Es crítico tener en cuenta las aportaciones monetarias, definir cómo se valorarán las aportaciones de activos (tangibles o intangibles como cartera de clientes, software etc.) y también las de trabajo. Si un socio trabaja y otro no, esto puede reflejarse en una participación mayor o pactarse una remuneración por ese trabajo al margen de los porcentajes pactados. Es clave reflejar el rol y responsabilidades de ese puesto de trabajo.

Se puede establecer que un socio trabajador participe en los beneficios y pérdidas con mayor porcentaje que los demás.
Incluiríamos aquí también el derecho de veto en la toma de decisiones por parte de los socios con un mínimo porcentaje del capital y cláusulas para prevenir que la sociedad quede bloqueada por posibles diferencias de opiniones.

Definir cómo se repartirán los beneficios

En los primeros años de funcionamiento la expectativa es que los resultados se reinviertan en el mismo negocio pero es importante estar seguros de que todos los socios tienen las mismas expectativas y definir el tipo de dividendos y su reparto cuando llegue el momento.

¿Qué ocurre si un socio se retira?

Contemplar que ocurre cuando un socio desea retirarse de forma planificada queriendo devolver las acciones o venderlas a un tercero o de forma súbita no planificada como en un fallecimiento, puede parecer exagerado pero es imprescindible. Se puede pactar que los socios restantes tengan preferencia para dar continuidad al negocio y dejar establecida la forma de determinar el precio de venta de las participaciones en caso de desacuerdo o un precio mínimo de la venta de participaciones.

Administradores y poderes

Determinar qué personas o entidades serán administradoras; si serán varios y en qué régimen: solidario o mancomunado, o si se empleará un consejo de administración. En este apartado es importante valorar si alguien más necesita tener poderes mercantiles de algún tipo.
Además recomendamos pactar mayorías reforzadas para tomar determinadas decisiones importantes como ampliaciones de capital limitando el poder de/los administradores. Esto es especialmente relevante en proyectos en los que se contemple acudir a rondas de financiación o la entrada de un fondo de capital riesgo.

Estabilidad financiera y emocional

Crear un nuevo negocio es un proyecto intenso que requiere una inversión de esfuerzo considerable durante un tiempo indeterminado. Debemos valorar si nuestra vida personal o profesional dejan espacio para este proyecto. Un ejemplo habitual es tener una idea, querer ponerla en marcha pero manteniendo otra actividad “por si acaso” o embarcarse en un nuevo negocio a la vez que nuestra vida personal está pasando por un momento complejo como un divorcio. Puede funcionar, por supuesto, pero una reflexión previa por parte de todos los posibles socios es una buena idea.

Proyecto común claro

Más allá del plan de negocio es crítico analizar si los objetivos de todos los socios son los mismos. Si un socio por ejemplo, quiere empezar un negocio para ganar flexibilidad y conciliar mejor con la vida familiar pero para otro prima que se consigan beneficios máximos en el menor tiempo posible puede que haya tensiones que arruinen un proyecto empresarial válido.

Existen proyectos que nacen con el objetivo de vender una vez alcance un determinado volumen. En este tipo de situaciones por ejemplo es recomendable pactar desde un inicio una cláusula “Drag Along”. Este tipo de cláusulas establecen que si una oferta de compra cumple determinadas condiciones, los socios que lo deseen pueden vender el 100% de la sociedad arrastrando en la venta a los demás evitando así que un socio minoritario bloquee una venta de la sociedad.

No competencia

Por ley, los administradores no pueden competir sin consentimiento de la junta de accionistas pero esta limitación se puede ampliar a los socios de mutuo acuerdo. También se puede contemplar la exclusividad.

En este apartado se puede también ampliar la protección para el nuevo negocio con una cláusula de Lock-Up que sirve para evitar que los socios emprendedores puedan salir de la empresa dejando a los socios inversores sin nadie que gobierne el negocio. .

Según el tipo de proyecto además se contemplaría añadir un acuerdo sobre la Propiedad Industrial e Intelectual de la empresa, firmado por todos los participantes en la misma.

Otras cuestiones jurídicas

Otras cuestiones a determinar en el pacto de socios hacen referencia a:

  • Prevalencia del pacto frente a los estatutos de la sociedad en el caso de que exista un conflicto entre ambos.
  • Establecer el carácter confidencial del documento firmado.
  • Vinculación de los nuevos socios al pacto para socios.
  • Cláusula para la elevación a público del pacto, mediante escritura notarial.
  • Jurisdicción y legislación aplicable.
  • Duración del pacto de socios.
  • Cláusula de salvaguarda: garantizando que si alguna cláusula del acuerdo es declarada nula, el resto del acuerdo sigue en vigor.
  • Cláusula de arbitraje, sometimiento a la decisión de por ejemplo un mediador en la resolución de conflictos.
  • Cláusulas sobre los medios aceptados para notificaciones a los socios.

La recomendación es realizar el pacto de socios al iniciar el proyecto pero este puede realizarse en cualquier momento.

Si tienes un proyecto empresarial en marcha con diversos socios puedes sugerir en la junta de accionistas que se redacte un pacto de socios para evitar conflictos futuros y actuar como garantía para todos los implicados.

No dudes en contactar con nosotros, nuestro equipo de abogados puede ayudarte.

Para información sobre temas relacionados visita nuestra página sobre Mercantil y societario.

Photo by Helena Lopes on Unsplash

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