La renuncia a una herencia, dependiendo de las circunstancias, puede llegar a ser tanto una buena como una mala decisión. Si bien pareciera que todos son beneficios, es importante saber que así como se puede heredar dinero o propiedades, también es posible recibir deudas o cargas. Esto, muchas veces, produce que quienes perciben la transmisión de bienes quieran solicitar la renuncia. ¿Cómo se realiza y qué hay que tener en cuenta? Te lo contamos en este artículo.
¿Se puede renunciar a una herencia?
Empecemos por definir qué es heredar y qué supone. Una herencia se compone del dinero, los bienes, y los derechos y obligaciones de una persona fallecida, en cumplimiento de lo dispuesto en el testamento o en lo establecido en la ley. Concretamente, heredar es el acto jurídico mediante el cual se percibe la transmisión de todo lo recién mencionado. Si el recibir una herencia implica obtener más deudas que beneficios, o si los impuestos de sucesiones son muy elevados y no se les puede hacer frente, se puede requerir la renuncia a la herencia. En algunos casos, tomar esta decisión puede llegar a ser la mejor.
La renuncia a la herencia es el acto a través del cual un individuo que es llamado a la sucesión, hace una declaración de renuncia a la herencia. Se trata de un acto personal, libre, voluntario, irrevocable, y con efectos retroactivos. Veamos cómo se realiza dicho acto.
¿Cómo se realiza la renuncia?
Como mencionamos anteriormente, la renuncia a una herencia es un hecho irrevocable, es decir, que una vez efectuada supone la pérdida de todos los derechos sobre los bienes de la persona fallecida y la no posibilidad de volver atrás. Por esta razón, antes de decidir rechazar o aceptar una herencia, se debe consultar con un abogado especializado en derecho sucesorio para que aconseje sobre cuál es el mejor camino a tomar, e informe las gestiones que se deben realizar de forma adecuada.
Para rechazar la herencia, el individuo debe presentarse ante Notaría y solicitar el desistimiento. En los casos de sujetos menores de edad, se necesita la autorización judicial, ya que se parte del hecho de que una herencia le va a ser de beneficio. Por ello, se necesita justificar al juez las razones de la renuncia, y luego obtener su autorización. Veamos cuáles son los dos tipos de renuncia existentes:
- Renuncia pura y gratuita: la persona que hereda renuncia a ella sin la existencia de un testamento. Al no hacerse en favor de nadie, la herencia pasa directamente al sustituto previsto por el testamento. En caso de no haber testamento, pasa al resto de los coherederos.
- Renuncia a beneficio de alguien: en este tipo de renuncia, el heredero puede rechazar una herencia en favor de otro individuo heredero. En este caso, se deben pagar dos impuestos: un impuesto de sucesiones (por heredar) y otro impuesto de donaciones (por donar la herencia).
Cabe destacar que la persona que realiza la renuncia a una herencia, lo está haciendo para sí misma y para sus propios herederos. Los derechos hereditarios, entonces, no pasarían a los propios herederos sino al resto de los coherederos, salvo que haya un testamento o que se haya previsto anteriormente.
En el caso de que los acreedores del heredero estén informados de la herencia, pueden pedir la aceptación de la herencia al juez, para poder cobrar la deuda pendiente, ya que de lo contrario, la renuncia a la herencia les perjudicaría.
Plazos de renuncia
Hoy en día, se han incrementado las renuncias a las herencias considerablemente, por lo que recibir preguntas acerca de los plazos es muy habitual en los despachos de abogados de derecho sucesorio. La renuncia a una herencia puede realizarse en cualquier momento, ya que el Código Civil español no establece plazos. No obstante, no puede superar el plazo de prescripción de 30 años.
A continuación, mencionaremos algunas especificaciones de plazos que deben tenerse en cuenta:
- No se puede renunciar a una herencia antes del fallecimiento del individuo.
- Si se renuncia luego de prescrito el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, la ley considera que se trata como una donación al resto de los herederos.
- Los plazos establecidos en los artículos 1004 y 1005 del Código Civil.
- La renuncia no se puede desempeñar hasta luego de 9 días del fallecimiento de la persona.
- El notario fijará un plazo no mayor a 30 días para la aceptación de la renuncia. En la Comunidad de Madrid, si se pasa dicho plazo, se toma como aceptada la herencia.
Documentación a presentar
Por lo general, el abogado del rechazante de la herencia es quien informa y solicita los documentos necesarios para tramitar correctamente la firma de la escritura de renuncia de la herencia con la Notaría. Dicha documentación debe acreditar que el rechazante es familiar de la persona fallecida o que aparece en el testamento, y que no hay otras personas más cercanas a las que les corresponda la herencia. Estos son los documentos necesarios a presentar para realizar la renuncia:
- DNI del heredero que rechaza la herencia.
- Acta de declaración de herederos abintestato o testamento.
- Certificado de defunción.
- Certificado de últimas voluntades.
Otras preguntas frecuentes
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¿Se puede renunciar solo a una parte de una herencia?
Debes saber que no es posible renunciar a una parte de una herencia, ya que el Código Civil español establece que no cabe la renuncia parcial. Esto significa que no es posible renunciar solamente a las deudas, en el caso de que existiesen, y beneficiarse del resto.
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¿Se puede renunciar a una herencia en vida?
Frente a la pregunta de si es posible rechazar la herencia de una persona que todavía no ha fallecido, la respuesta es negativa. En el artículo 991 del Código Civil español se establece: “Nadie podrá aceptar ni repudiar sin estar cierto de la muerte de la persona a quien haya de heredar y de su derecho a la herencia”. Es decir, que debe esperar a que el causante fallezca, para renunciar a dicha herencia.
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