La Ley Beckham: ¿quién puede solicitarla?

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La ley Beckham sirve para que las personas extranjeras que vienen a España a trabajar obtengan ciertos beneficios en su tributación

El nombre de esta Ley puede generar cierta confusión, ya que muchas personas lo asocian, aunque de manera inconsciente, con el famoso exfutbolista británico. Esta conexión no es del todo errónea, ya que él fue el primero en beneficiarse de ella. La Ley Beckham está diseñada para extranjeros que desean trasladar su residencia a España por motivos laborales, y establece una serie de ventajas para aquellos que cumplan ciertos requisitos.

En el artículo de hoy, desglosaremos estos requisitos y exploraremos cómo esta ley impacta en la Declaración de la Renta. Además, analizaremos algunas posibles desventajas que podrían surgir al acogerse a ella. 

Contexto histórico:

Antes de analizar los detalles de la Ley Beckham, es fundamental entender su contexto histórico. Hasta aproximadamente 2005, cualquier persona extranjera que se trasladara a España y permaneciera más de seis meses era considerada residente fiscal, independientemente de su situación real. Esto conllevaba obligaciones fiscales controversiales, como:

  • La obligación de pagar el IRPF no solo sobre los ingresos obtenidos en España, sino también sobre aquellos generados en otros países, lo que resultaba particularmente polémico.
  • La aplicación de un sistema progresivo en el IRPF, que aumentaba según los ingresos. Por ejemplo, para personas con ingresos superiores a 300.000 euros, el impuesto podía oscilar entre el 19% y el 47%.

Estas condiciones causaron malestar entre muchos extranjeros que no comprendían la elevada carga impositiva. Este descontento fue el caldo de cultivo perfecto para la creación de la conocida «Ley Beckham», o régimen especial para trabajadores desplazados a territorio español, popularmente asociada al exfutbolista David Beckham, quien fue uno de los primeros beneficiarios.

Regulada en la sección 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de España, esta ley se publicó en 2004 con el objetivo de ofrecer un régimen especial de IRPF a personas que se trasladan a España por motivos laborales. Bajo este régimen, los beneficiarios pueden tributar como no residentes, aunque por ley sean considerados residentes fiscales (al permanecer más de 183 días en España).

De esta forma siguen teniendo la consideración de contribuyente por el IRPF durante el período impositivo en el que se efectúe el cambio de residencia y los 5 siguientes. Esto se aplica a cualquier extranjero que traslade su domicilio fiscal a España si cumple ciertos requisitos o situaciones:

  • Traslado reciente a España.
  • Expatriados con altos ingresos que ocupen cargos directivos o de gestión.
  • Actividad emprendedora con un informe favorable de ENISA.
  • Trabajo remoto desde España para empresas extranjeras (nómadas digitales).
  • Profesionales altamente cualificados en empresas emergentes o en actividades de I+D, con al menos el 40% de sus ingresos procedentes de su facturación, y que posean un título universitario o experiencia laboral mínima de 3 años.
  • Administradores con menos del 25% de participación en la empresa patrimonial.
  • Inclusión de familiares de trabajadores remotos, como pareja e hijos.

¿Qué es la Ley Beckham?

La Ley Beckham (formalmente, régimen especial para trabajadores desplazados a territorio español) es un régimen fiscal introducido en 2004-2005 para facilitar la llegada de profesionales extranjeros a España​.

El propósito de esta ley es atraer talento e inversión extranjera ofreciendo un tratamiento fiscal más favorable que el régimen general del IRPF.

Bajo la Ley Beckham, los nuevos residentes pueden optar por tributar como no residentes durante un periodo determinado, a pesar de vivir en España. En la práctica, esto significa dos grandes beneficios: por un lado, solo tributan por la renta obtenida en España (no por sus ingresos mundiales)​, y por otro, se les aplica un tipo fijo reducido en el IRPF del 24% hasta cierto nivel de ingresos, en lugar de la escala progresiva ordinaria. 

Requisitos para aplicar la Ley Beckham

La persona interesada puede optar por acogerse o no a esta ley, ya que su aplicación no es obligatoria. En caso de decidir acogerse, deberá cumplir con una serie de requisitos, además de las condiciones relacionadas con el tipo de trabajo, para poder solicitarla:

  • Residencia: El trabajador no debe haber sido residente fiscal en España en los últimos 5 años.
  • Trabajo: Debe existir un nuevo empleo que justifique el traslado, respaldado por un contrato con una empresa española. La actividad principal debe desarrollarse en España, aunque se permiten ingresos del extranjero siempre que no superen el 15% del total.
  • Rentas: El trabajador no puede generar ingresos a través de un establecimiento permanente ubicado en España, lo que significa que no puede ejercer una actividad por cuenta propia, como en el caso de los freelancers.
  • Tiempos: Es crucial cumplir con los plazos establecidos para el traslado a España, el inicio del trabajo y la solicitud del régimen fiscal. Por ello, es recomendable planificar con antelación y revisar cuidadosamente las condiciones y los plazos para evitar contratiempos.

¿Quién se puede acoger a la Ley Beckham?

Este régimen especial no se aplica automáticamente: es necesario cumplir requisitos estrictos y solicitar su aplicación. Los requisitos principales para poder acogerse son​:

  • No haber sido residente fiscal en España en los últimos 5 años antes del traslado (antes de 2023 el plazo exigido era de 10 años, ahora reducido a 5​).
  • Trasladarse a España por motivos laborales con un contrato de trabajo. Debe existir un contrato con un empleador en España (o una carta de asignación a España, en caso de traslado intraempresarial) que justifique el desplazamiento​​.
  • Ocupar un puesto directivo o de administración en una empresa en España, siempre que no se posea una participación accionarial mayoritaria
  • No obtener ingresos mediante un establecimiento permanente en España distinto del trabajo por cuenta ajena.
  • Realizar principalmente su actividad profesional en España. 
  • Nuevos colectivos a partir de 2023: La reforma ha ampliado el régimen a emprendedores, inversores y ciertos trabajadores autónomos altamente cualificados.

Familiares del impatriado: Otra novedad es que el núcleo familiar cercano puede beneficiarse siempre que cumplan los requisitos establecidos.

¿Cómo solicitarla?

Una vez verificado que se cumplen los requisitos para trabajar en España, se puede iniciar el trámite de solicitud. Este se presenta mediante el formulario 149, que debe ser enviado en un plazo de 6 meses a partir de la inscripción como trabajador de una empresa española (el plazo inicia con el alta en la Seguridad Social). Cualquier retraso puede resultar en la denegación de la solicitud y sus beneficios.

Para acogerse a este régimen, se deberá rellenar el modelo 030 para el registro en Hacienda de extranjero, previa petición de un NIE y se deberá estar incluido en el Censo de obligados tributarios (modelo 036).

La Agencia Tributaria será notificada a través del formulario 149, que debe incluir la siguiente información:

  • Pasaporte y NIE.
  • Número de la Seguridad Social.
  • Contrato de trabajo con la empresa española.

Desde el momento de la presentación del formulario y la notificación a la Agencia Tributaria, el trabajador podrá disfrutar de las ventajas de la Ley Beckham durante 6 años, periodo en el cual deberá presentar anualmente sus declaraciones de impuestos de no residente utilizando el modelo 151.

¿Cómo funciona la Ley Beckham?

Al ser aceptado en la Ley Beckham, el contribuyente pasa a tributar bajo las normas del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), aunque siga siendo contribuyente del IRPF por su estatus de residente​.

Obligaciones formales: debe presentar cada año su declaración de la renta mediante el modelo especial 151 (en lugar del modelo D-100 ordinario)​, dentro de los mismos plazos de la campaña de renta (abril-junio del año siguiente). Además, su pagador en España practicará retenciones del 24% en nómina (y del 47% sobre el excedente de 600.000 €) en lugar de las retenciones progresivas habituales​.

¿Qué implica la Ley Beckham?

En la práctica, esto implica lo siguiente:

  • Tributación solo por rentas españolas no mundiales.
  • Tipo impositivo fijo reducido: Los rendimientos del trabajo en España tributan a un tipo fijo del 24% hasta 600.000 € de ingresos anuales​. Por la parte del salario que exceda de 600.000 € en el año, se aplica un tipo del 47% (porcentaje vigente desde 2021)​. Este esquema de tarifa plana contrasta con la tributación progresiva normal, donde el tipo marginal aumenta a medida que crece la renta (19%, 24%, 30%, 37%, 45% y hasta 47% en tramos altos – ver sección de Tramos IRPF). El ahorro fiscal es sustancial en términos de cuota a pagar.
  • Tributación de otras rentas: Bajo este régimen, las rentas no laborales de fuente española (por ejemplo, intereses, dividendos o ganancias patrimoniales obtenidos en España) también se gravan conforme a la normativa de no residentes.
  • Sin mínimos ni deducciones personales: no se aplican las reducciones, exenciones ni deducciones del régimen general. Tampoco es posible la tributación conjunta con un cónyuge.
  • Tratamiento de indemnizaciones y otras rentas exentas para residentes: Debe tenerse en cuenta que ciertas rentas que para un residente normal estarían exentas o tendrían trato favorable, no lo estarán bajo la Ley Beckham.
  • Impuesto sobre el Patrimonio y bienes en el extranjero: El impatriado estará sujeto al Impuesto sobre el Patrimonio solo por los bienes que tenga en España, no por su patrimonio mundial​.

Ventajas e inconvenientes

La Ley Beckham permite a los trabajadores extranjeros que cambian su domicilio fiscal a España tributar de manera similar a los no residentes, lo que se traduce en tipos impositivos más bajos y en la obligación de tributar solo por las rentas generadas en el país. Antes de la creación de esta ley, estas condiciones eran motivo de quejas por parte de los trabajadores extranjeros.

Ventajas del régimen especial:

  1. Tarifa plana del 24%: Este es el principal atractivo de la Ley Beckham. La base imponible general, que incluye las rentas del trabajo y los alquileres, tributa a un tipo fijo del 24% hasta un máximo de 600.000 euros; cualquier cantidad que supere esta cifra se tributará al 47%. Sin esta ley, la misma base imponible tributaría a un tipo progresivo que podría alcanzar casi el 50%.
  2. Tributación solo por rentas en España: Los trabajadores extranjeros ya no están obligados a tributar tanto por sus ingresos en España como por los obtenidos en el extranjero. Ahora, solo tributan por las rentas generadas en territorio español.
  3. Impuesto sobre el Patrimonio: Este impuesto se aplica solo a los bienes situados en España, a diferencia del régimen general, que considera el patrimonio a nivel global.
  4. Exención del Modelo 720: Como el contribuyente es considerado un no residente fiscal, no está obligado a presentar el Modelo 720 para declarar bienes en el extranjero.

Desventajas del régimen especial:

  • Doble imposición: Los trabajadores extranjeros que se acogen a este régimen no pueden beneficiarse de la mayoría de los convenios de doble imposición.
  • Deducción de gastos: No podrán aplicar deducciones fiscales que sí son accesibles para otros contribuyentes en el régimen habitual, como los gastos de la Seguridad Social, paternidad/maternidad, gastos deducibles por rendimientos de capital inmobiliario.
  • Exención por indemnización: Se pierde el derecho a la exención de indemnización por despido, así como la deducción por el número mínimo de descendientes o familiares.

Aunque las ventajas de la Ley Beckham son significativas, también existen inconvenientes que deben ser considerados. La elección entre los beneficios y las renuncias dependerá de las circunstancias individuales de cada trabajador. Para tomar la mejor decisión, es recomendable contar con los servicios profesionales de una asesoría fiscal que evalúe el caso particular y ofrezca la opción más conveniente.

La Ley Beckham y la declaración de la renta

¿Qué ocurre con las personas extranjeras que cambian su residencia fiscal a España y tienen que hacer la declaración de la renta? Esta ley no les exime de presentar y suscribir la declaración por el IRPF en el modelo 151 (de forma telemática), con carácter general y dentro del plazo que se apruebe para declarar el IRPF.   

Por lo tanto, aquellos a los que se les aplique esta ley deberán presentar el Modelo 151 en lugar de la declaración de la renta habitual.

Sabemos que tomar estas decisiones puede ser complicado, ya que afectan significativamente la economía personal y la vida de cada individuo. En Blegal, comprendemos esta situación y estamos aquí para ayudarte a resolver cualquier duda.

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Acogerse a la Ley Beckham es opcional, y no siempre será la mejor elección; depende de la situación de cada contribuyente. En general, conviene optar por la Ley Beckham cuando ésta suponga un ahorro fiscal significativo o facilite la planificación financiera en comparación con el régimen general. A continuación, enumeramos los casos más habituales en que resulta beneficiosa:

  • Ingresos altos sujetos a IRPF: Si el trabajo en España va a generar rentas elevadas (por ejemplo, salarios altos, bonus, stock options), la tributación plana del 24% suele ser muy ventajosa. 
  • Poseer rentas o patrimonio en el extranjeros: si tienes importantes ingresos o activos fuera de España, la Ley Beckham evita que tributen aquí, haciendo mucho más atractiva la residencia en el país.
  • Estancias temporales o proyectos de pocos años: Dado que el régimen especial tiene una duración limitada (máximo 6 años), suele convenir a quienes no planean asentarse indefinidamente en España. 
  • Empresas que quieren atraer talento internacional: la Ley Beckham puede ser un incentivo de compensación para atraer talento.

Familias desplazadas: Con la extensión del régimen a cónyuge e hijos, una familia que se traslada en bloque puede beneficiarse fiscalmente. Conviene especialmente si, por ejemplo, ambos cónyuges trabajan y pueden acogerse (o uno trabaja y el otro tiene rentas pasivas en el extranjero). Cada miembro en Beckham Law tributaría menos por su parte, lo que maximiza el ingreso familiar disponible.

Solicitar la Ley Beckham requiere seguir un procedimiento ante la Agencia Tributaria española dentro de unos plazos estrictos:

  1. Traslado y obtención del NIE: Al llegar a España para trabajar, lo primero es obtener el NIE (Número de Identificación de Extranjero) y alta en la Seguridad Social a través de su empleador.
  2. Inscripción censal (modelo 030): Si es la primera vez que declara impuestos en España, conviene inscribirse en el censo de obligados tributarios mediante el modelo 030.
  3. Solicitud del régimen especial (modelo 149): Este es el paso fundamental. Tiene 6 meses de plazo desde el inicio de la actividad laboral en España (es decir, desde la fecha de alta en Seguridad Social) para presentar la solicitud formal de acogerse al artículo 93 de la Ley IRPF​​.
  4. Resolución de Hacienda: Una vez presentada la solicitud, la Agencia Tributaria suele emitir una resolución aprobatoria en unas semanas o pocos meses. Si todo es correcto, le concederán el régimen especial y le emitirán un certificado de acogimiento a la Ley Beckham​.
  5. Aplicación en nómina y retenciones: A partir de entonces, la empresa practicará retenciones de IRPF a la tasa fija del 24% (y 47% sobre el exceso de 600.000 € si llegara el caso), en lugar de usar la tabla general de retenciones.
  6. Certificado de residencia fiscal (recomendado): Es aconsejable solicitar un certificado de residencia fiscal en España una vez que Hacienda le haya reconocido en el régimen especial​.
  7. Declaraciones anuales (modelo 151): Cada año mientras esté bajo la Ley Beckham, deberá presentar la declaración de la renta mediante el modelo 151 (no el modelo 100 ordinario)​.

La Ley Beckham no es indefinida, tiene un periodo de vigencia máximo tras el cual el contribuyente pasa al régimen general. Según la normativa, la duración es de 6 años fiscales en total​. 

Es posible renunciar voluntariamente a la Ley Beckham antes de que termine el plazo. Tras renunciar o agotar el periodo, no es posible volver a acogerse a la Ley Beckham a menos que se vuelva a salir del país y se cumpla de nuevo el requisito de no residencia por 5 años, lo cual es un escenario menos común.

Esta es la escala de tramos del IRPF general vigente en 2024 (régimen estándar para residentes). El IRPF español es progresivo: la renta se divide en tramos y a cada tramo se le aplica un porcentaje creciente​. Los tramos combinados (aproximando la suma de gravamen estatal y autonómico medio) son los siguientes​:

  • Desde 0 hasta 12.450 €: tipo impositivo del 19%​. (Tramo inicial con tipo mínimo).
  • Desde 12.450 € hasta 20.199 €: tipo del 24%​.
  • Desde 20.200 € hasta 35.199 €: tipo del 30%​.
  • Desde 35.200 € hasta 59.999 €: tipo del 37%​.
  • Desde 60.000 € hasta 299.999 €: tipo del 45%​.
  • A partir de 300.000 €: tipo del 47%​ (tramo máximo para rentas muy altas).

Nota: Estos porcentajes son la suma aproximada de la tarifa estatal y autonómica promedio​.

El Modelo 151 es el documento clave en materia de declaración de la renta para quienes estén acogidos a la Ley Beckham. En términos simples, el modelo 151 es el formulario de la Agencia Tributaria para presentar la declaración del IRPF bajo el régimen especial de impatriados​. 

¿Quién debe presentar el modelo 151? Exclusivamente las personas acogidas al régimen especial del art.93 LIRPF (Ley Beckham). 

¿Qué información se declara? En el modelo 151 se incluyen los datos personales del contribuyente impatriado y se reportan las rentas obtenidas en España durante el año (p. ej. sueldos, rendimientos de actividades en España, rentas de inversiones en España si las hubiera). No se declaran rentas mundiales,

¿Cuándo y cómo se presenta? Los plazos son los mismos de la campaña general de la renta (normalmente del 1-2 de abril al 30 de junio del año siguiente al ejercicio).

Acogerse a la Ley Beckham suele implicar una importante reducción de la carga impositiva en comparación con tributar como residente común:

  • Menos IRPF sobre el salario: el tipo fijo del 24% hasta 600.000 € significa que muchos contribuyentes pagarán sustancialmente menos IRPF. 
  • No tributación de rentas extranjeras: 
  • Menos obligaciones formales y sanciones potenciales: evitar la presentación del Modelo 720 de bienes en el extranjero es un alivio. 

Costes laborales para la empresa: Desde la perspectiva de la compañía, como mencionamos, un empleado en Ley Beckham puede suponer menos coste bruto para ofrecerle un determinado sueldo neto competitivo.

Quedan excluidos de este régimen:

  • Los trabajadores autónomos, salvo que posean un visado de teletrabajo o nómada digital.
  • Los deportistas profesionales.
  • Los directores de entidades empresariales.

Esta ley ofrece una vía fiscal favorable para ciertos perfiles profesionales, aunque con restricciones para otros grupos.

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