¿Sabes qué es el Impuesto de Actividades Económicas?
Este gravamen es el que se aplica sobre toda actividad económica, es decir, sobre toda producción empresarial, artística o profesional desarrollada en el territorio español. Este impuesto es obligatorio, periódico y de titularidad municipal, y es gestionado por los ayuntamientos. Debe ser pagado tanto por autónomos como por empresas mediante la realización de la presentación de las declaraciones correspondientes al impuesto.
Para que no te pierdas de ningún detalle, en esta entrada te contaremos todo lo que tienes que saber sobre el Impuesto de Actividades Económicas: qué exenciones existen, cómo y cuándo se deben presentar las declaraciones, y cómo se calcula la cuota.
¿Quiénes están exentos del IAE?
Si bien el Impuesto de Actividades Económicas es obligatorio para todo autónomo o empresa que realice una actividad económica, hay sujetos pasivos que gozan de la exención de pagarlo. Esto significa que todos tienen la obligación de realizar las declaraciones del IAE, a través del modelo 036, pero no todos tendrán la obligación de abonarlo. ¿Quiénes son dichos sujetos pasivos?
- Los autónomos o empresas que se encuentran dentro de los dos primeros años de actividad económica. Es importante destacar que, si la actividad económica fue realizada previamente bajo otro titular, no se podrá gozar de dicha exención.
- Los autónomos o empresas que tienen un importe neto de la cifra de negocios menor a 1.000.000 euros en el penúltimo período anterior al devengo del impuesto.
- Las operaciones empresariales que por ciertas reglas gozan de la exención del pago del impuesto, como las actividades agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras.
- Las personas físicas que no ejercen actividad económica.
- La Cruz Roja de España.
- Los puertos de España.
- Instituciones públicas de enseñanza e investigación que estén totalmente subvencionadas por fondos públicos o por fondos de beneficencia.
- Las entidades que gestionan la Seguridad Social y Mutualidades de Previsión Social.
- Las organizaciones sin fines de lucro para personas con disminución física, psíquica y sensorial.
- Los sujetos que gozan de la exención en virtud de Tratados o Convenios Internacionales.
Ahora que ya sabes cuándo se está obligado o no a pagar el Impuesto de Actividades Económicas, te contamos cuáles son los tipos de declaraciones que se deben presentar y los plazos establecidos.
¿Qué declaraciones se deben presentar para el IAE?
Como con todo impuesto, existen distintas declaraciones que se pueden presentar ante las diferentes situaciones. Veamos algunas de ellas:
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Declaración de alta:
Se debe presentar la declaración de alta cuando se inicia una nueva actividad económica, o cuando se pierde la exención al impuesto que se tenía anteriormente. En el primer caso, el plazo para declarar el alta es de un mes de comenzada la actividad, en el segundo, la declaración de alta debe presentarse durante el mes de diciembre anterior al ejercicio. Esto se debe a que el impuesto se devenga el 1 de enero de cada año. La presentación de la declaración de alta se debe realizar a través del modelo 840.
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Declaración de baja:
Dicha declaración se presenta cuando cesa una actividad determinada económica, o cuando se obtiene la exención al pago del impuesto. El plazo para declarar la baja es de un mes de finalizada la actividad, y en el caso de que se obtenga la exención, se debe presentar en el mes de diciembre anterior al ejercicio. La declaración de baja se presenta a través del modelo 840.
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Declaración de variación:
Se debe presentar la declaración de variación en el caso de que haya una variación mayor al 20% de los elementos tributarios sobre los que se obtiene la cuota del impuesto, cuando haya una variación de los datos, o cuando se añadan locales. El plazo para esta declaración es de un mes de producida la variación, y se presenta a través del modelo 840.
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Declaración de comunicación del importe neto:
Este tipo de declaración se aplica en los casos de importe neto del monto de negocios por razón del impuesto. No obstante, los sujetos que tienen exención del IAE no deben presentar dicha declaración. El plazo para la declaración de comunicación del importe neto es del 1 de enero al 15 de febrero del ejercicio correspondiente, y se debe presentar a través del modelo 848.
¿En dónde se presenta la declaración del Impuesto de Actividades Económicas?
La declaración del IAE debe presentarse a Hacienda y se debe tener en cuenta el territorio en el que se desarrolla la actividad económica. En el caso de que se realice en varios municipios de una provincia, se deberá presentar la declaración en la delegación provincial de la Agencia Tributaria. En el caso de que la actividad se desarrolle en más de una provincia, se debe presentar la declaración en la Agencia Tributaria a nivel nacional.
¿Cómo se calcula la cuota del IAE?
Lo primero que debes conocer para calcular la cuota del IAE son las cuotas de la tarifa que se aplican a cada actividad. Estas son establecidas en el artículo 86 del Real Decreto Legislativo 2/2004. Dicha cuota se multiplica por el coeficiente de ponderación determinado por los ingresos declarados en la presentación. El resultado, que se conoce como cuota ponderada, deberá multiplicarse por el coeficiente de situación determinado por cada ayuntamiento. Como resultado de esta multiplicación, se obtiene la cuota incrementada.
Ahora bien, como último paso, se debe multiplicar la cuota ponderada por el porcentaje de recargo provincial y a eso sumarle la cuota incrementada. De esa manera, se obtiene la cuota tributaria del IAE que se debe pagar a Hacienda. La normativa establece la existencia de tres tipos de cuota: municipal, provincial o nacional. En los casos de que haya más de un tipo de cuota, se puede elegir el que sea más conveniente.
Ahora ya conoces todo lo que tienes que saber sobre el Impuesto de Actividades Económicas. Si te quedaron dudas o necesitas asesoría, no dudes en contactarnos. Solucionamos y gestionamos todo tipo de procedimientos fiscales, laborales, mercantiles y legales como autónomo, pequeñas o medianas empresas. Somos el único despacho de abogados que engloba todas tus necesidades con compromiso, dedicación y energía.
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