El registro retributivo obligatorio

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La entrada en vigor de la Ley de Igualdad retributiva ha obligado a las empresas a adaptarse a cumplir con nuevos requerimientos, uno de los más relevantes es el registro retributivo o salarial obligatorio.

El registro retributivo obligatorio, que es?

El registro retributivo o registro salarial obligatorio es una de las nuevas medidas establecidas en la “Ley de Igualdad Distributiva” (Real Decreto 902/2020, sancionado el 13 de octubre de 2020). 

Esta ley busca el fin de la discriminación salarial por motivos de género y el  acceso equitativo a puestos de trabajo para hombres y mujeres y reducir a cero la brecha salarial en España.

Así se obliga a las empresas a que cuenten con un registro de nóminas que permita establecer si existe esta brecha en la organización de forma anual. Este registro pone de manifiesto el llamado pay gap, y en países como Reino Unido se obliga a empresas de gran tamaño a compartir este registro de forma pública. 

La información a presentar es numérica: valores salariales medios y promedios de los conceptos salariales y extrasalariales con la variable género. 

Es importante aclarar que el registro salarial afecta a todas las empresas radicadas y operativas en España independientemente del sector, antigüedad y tamaño de su plantilla. Incluye a PyMEs, comercios, multinacionales, startups, etc. Es decir, incluso una micro empresa con un solo empleado deberá en teoría tener este registro actualizado.

Puntos clave del Registro retributivo obligatorio, qué dice el BOE

Hay una serie de artículos relevantes para comprender las implicaciones del registro salarial:

Art.3, inciso 1.

(…) Las empresas y los convenios colectivos deberán integrar y aplicar el principio de transparencia retributiva entendido como aquel que (…) permite obtener información suficiente y significativa sobre el valor que se le atribuye a dicha retribución

Art. 4, inciso 1.

El principio de igual retribución por trabajo de igual valor en los términos establecidos en el artículo 28.1 del Estatuto de los Trabajadores vincula a todas las empresas, independientemente del número de personas trabajadoras, y a todos los convenios y acuerdos colectivos.

Art. 5, inciso 1.

(…) Todas las empresas deben tener un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos.

Cómo hacer el registro retributivo o salarial obligatorio

La ley no establece los procesos o mecanismos para realizar el registro, sólo determina qué datos debe contener: 

  • Valores salariales medios.
  • Valores promedio de los complementos salariales.
  • Valores medios de las percepciones extra salariales.

En un mundo ideal las empresas deben adoptar una estrategia de recursos humanos que permitan analizar las condiciones salariales de la plantilla, que criterios se emplean para negociar la remuneración y medidas para minimizar la brecha salarial, si esta existe. 

La Inspección de Trabajo puede requerir que se explique qué sistema o mecanismo se emplea para justificar la retribuciones de cada rol. Factores y parámetros como la formación, el desempeño y cumplimiento de objetivos pasados o el nivel de experiencia profesional deben ser la guía para definir la remuneración de la plantilla independientemente del género. 

Un buen asesor laboral puede darnos el marco que incluya los grupos profesionales, la categoría profesional que nos permita identificar puestos de trabajo de igual valor y sacar conclusiones útiles del registro retributivo. 

¿Qué considera la ley es una “brecha salarial”?

Se considera que existe una diferencia desfavorable entre géneros dentro de una empresa cuando hay más de un 25% de distancia entre la retribución media de un género sobre otro.

¿Qué debe hacer una empresa si detecta que existe brecha salarial?

La empresa debe justificar los motivos por los cuales esta existe, es obligación de la empresa demostrar que no existe un caso de discriminación.

¿Es público el registro salarial?

No, tendrá acceso el Ministerio de Trabajo mediante una inspección laboral o cualquier otro organismo que cuente con esta potestad. Podrán tener acceso al registro salarial además las personas trabajadoras mediante un representante

Siempre te recomendamos que especialmente en el área laboral cuentes con un asesor especializado con graduados laborales colegiados en su equipo.  Contacta con nosotros, te ayudamos.

Picture credits: Unsplash

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