El Registro Retributivo como herramienta clave para la igualdad salarial en las empresas

La desigualdad salarial sigue siendo un desafío actual. Para combatirla, el Gobierno de España ha establecido el Registro Retributivo obligatorio, destinado a reducir brechas salariales y fomentar la igualdad de género. Este artículo detalla su alcance, responsables y correcta implementación.

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El Registro Retributivo es obligatorio para todas las empresas en España. Conoce su importancia, requisitos y sanciones por incumplimiento.

La desigualdad salarial entre hombres y mujeres sigue siendo una preocupación relevante en la actualidad. En este contexto, el Gobierno de España ha establecido el Registro Retributivo obligatorio para todas las empresas, independientemente de su tamaño, con el objetivo de reducir las brechas salariales y promover la igualdad de género en el ámbito laboral. A continuación, explicamos en qué consiste esta obligación, quién debe llevarla a cabo, y cómo debe implementarse correctamente.

¿Qué es el Registro Retributivo y por qué es obligatorio?

El Registro Retributivo, según el artículo 5.1 del Real Decreto 902/2020, es una medida de transparencia salarial que obliga a las empresas a registrar y desglosar, por sexo, todos los salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales de su plantilla. Esta obligación no sólo se aplica al personal operativo, sino también a los altos cargos y directivos, con el fin de garantizar la igualdad retributiva entre hombres y mujeres en todos los niveles de la organización.

Desde su implementación en abril de 2021, las empresas deben actualizar anualmente el registro, reflejando las retribuciones percibidas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año anterior. Esto asegura que se mantenga una visión clara y actualizada sobre la equidad salarial dentro de la empresa.

¿Qué debe incluir el Registro Retributivo?

El registro retributivo debe incluir los valores medios -media aritmética y mediana- de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales efectivamente percibidos por la plantilla durante el periodo de referencia, desglosados por sexo, y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable.

Por tanto, el registro retributivo incluirá únicamente dichos valores medios y no las retribuciones individualmente percibidas por cada persona trabajadora, sin perjuicio de que esa información sea necesaria para efectuar los cálculos indicados. Además de lo anterior, cuando en una empresa con 50 o más personas trabajadoras, el promedio de las retribuciones de las personas trabajadoras de un sexo sea superior a los del otro en un 25% o más, tomando el conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas, la empresa debe incluir en el registro una justificación de que dicha diferencia responde a motivos no relacionados con el sexo.

Por consiguiente,, el registro no sólo debe contener una desagregación de los conceptos retributivos en atención a su naturaleza (salario base, complementos salariales y percepciones extrasalariales) sino que debe reflejar todos y cada uno de los concretos conceptos retributivos percibidos por su plantilla (por ejemplo, plus de antigüedad, participaciones en beneficios, complemento por trabajo nocturno, etc.), incluidas las percepciones extrasalariales (como por ejemplo y entre otras, indemnizaciones o suplidos por los gastos realizados como consecuencia de su actividad laboral, prestaciones complementarias, pluses de distancia y transporte, indemnizaciones correspondientes a traslados, suspensiones y despidos, dietas por alojamiento y manutención).

¿Quién debe realizar el Registro Retributivo?

Todas las empresas conforme al artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores, con independencia de su tamaño, están obligadas a elaborar un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos.

El cumplimiento de esta obligación es esencial para reflejar las diferencias salariales por género y garantizar la igualdad salarial dentro de la organización.

¿Qué sucede si no cumples con el Registro Retributivo?

Las decisiones de la empresa que impliquen discriminación, directa o indirecta, favorables o adversas, en materia salarial por razón de sexo, pueden acarrear sanciones por parte de la Inspección de Trabajo, que varían según la gravedad de la infracción y el tamaño de la empresa. Las sanciones se clasifican en leves, graves y muy graves, con multas que pueden oscilar entre:

  • Infracciones leves: entre 70 y 750 euros.
  • Infracciones graves: entre 751 y 7.500 euros.
  • Infracciones muy graves: entre 7.501 y 225.018 euros.

Además de las multas, las empresas que no realicen un registro adecuado pueden enfrentarse a acciones judiciales y administrativas por discriminación salarial.

Acceso al Registro Retributivo

Todas las personas trabajadoras tienen derecho a acceder al registro retributivo de la empresa para la que presten servicios, si bien dicho acceso se hará efectivo mediante el traslado de su contenido por parte de la empresa a la representación legal de personas trabajadoras, de existir.

Si no existe representación legal, los trabajadores podrán acceder únicamente a información sobre las diferencias salariales entre hombres y mujeres dentro de sus mismos puestos de trabajo, grupos o niveles profesionales. Además, cualquier autoridad competente, como la Inspección de Trabajo, puede acceder al registro cuando sea necesario para verificar el cumplimiento de la normativa.

Confidencialidad y Protección de Datos

Dado que el registro retributivo incluye datos personales sensibles, es esencial garantizar su confidencialidad y cumplir con la Ley, tal y como señala el artículo 1 del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, todo ello de conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Para proteger la privacidad de los empleados, las empresas deben evitar mostrar información individualizada y asegurar que los datos se presenten de forma anonimizada.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha aclarado que, al ser una obligación legal, no es necesario obtener el consentimiento de los trabajadores para elaborar el registro.

El Registro Retributivo es esencial para garantizar la igualdad salarial y la transparencia en las empresas. Todas las empresas, sin importar su tamaño, deben implementarlo y actualizarlo anualmente para cumplir con la normativa y evitar sanciones. Si aún no has comenzado, es importante hacerlo cuanto antes para evitar problemas futuros.

En Blegal estamos aquí para ayudarte en la implementación y cumplimiento de esta obligación. Como tu partner legal, te ofrecemos asesoramiento especializado en gestión laboral, desde tareas recurrentes como la preparación de nóminas hasta el diseño de planes de igualdad y políticas laborales complejas.

Foto de Mushvig Niftaliyev en Unsplash

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