Crisis ecónomica

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¿Crisis económica? Que los árboles no te impidan ver el bosque

Este país y nuestra economía van a quedar irreconocibles. Si se observan las cifras (cogidas con pinzas) se pueden aventurar algunas ideas sobre las que reflexionar. Los empresarios no son adivinos, pero es su deber plantearse escenarios futuros y tomar las medidas convenientes para salvar su negocio y, al final: su patrimonio. De ahí el título: hay que mirar más allá de la crisis económica de hoy e intentar vislumbrar la siguiente, que llegará, pronto.

Si llega el clima cálido sin una buena “inmunidad de rebaño”, ¿puede repetirse la situación actual en otoño? Los cambios sociales que se están produciendo, ¿se afianzarán? habrá menos aglomeraciones en general, menos salir a pasear, menos cervecita de la tarde,… ¿? Si eres empresario/a, recomendamos dedicar un momento para reflexionar:

¿En qué situación estará mi negocio cuando acabe el estado de alarma? Por ejemplo mediados de julio (?) o más aún… ¿Seguiré teniendo un negocio? ¿Cómo afectará a mi negocio que la gente salga, luego, menos a la calle? ¿Podrá mi negocio sobrevivir a este episodio? Es decir, llegar hasta el verano en esta situación. ¿Podrá mi negocio sobrevivir a otro episodio? Imaginemos, por un momento, que en octubre estemos de nuevo confinados. Debemos hacernos estas y muchas otras preguntas, dicen un viejo refrán: “guerra avisada no mata soldado”, es decir: anticiparse siempre permitirá afrontar las cosas desde una mejor posición.

Con tiempo suficiente un negocio puede utilizar distintas herramientas para capear el temporal.

En nuestro ámbito por ejemplo: reducciones de plantilla, relocalización de industrias, concurso de acreedores, refinanciación (bancaria u otros), cambios de estrategia empresarial…

Modificaciones ERTE (13 de Mayo)

El Gobierno se ha tomado muy a pecho aquel refrán: “no te acostarás sin saber una cosa más”. Tan a pecho que cada mañana alumbra un nuevo BOE, hoy el: Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo. Se trata de una modificación que se venía reclamando por los profesionales pues aclara bastantes cosas.

Cosas importantes:

¿Cuándo acaban los ERTE?

Los ERTE por Fuerza Mayor por COVID19 (art. 22 RDL 8/2020) acabarán, sin excepción, no más allá del 30 de junio. Salvo que el Consejo de Ministros decida otra cosa. Al ERTE por Fuerza Mayor le podrá seguir uno organizativo, con efectos al 1 de julio, aplicando las condiciones especiales del estado de alarma (art. 23 RDL 8/2020). Llamémosle “ERTE consecutivo” ¿Qué pasa con el ERTE si retomamos la actividad parcialmente?

Se podrá levantar el ERTE de forma parcial en la medida que se vaya reanudando la actividad. La reincorporación primará los ajustes vía reducción de jornada. Entendemos que, el/la legislador/a, se refiere a reincorporar al máximo de personas con menos horas frente a menos personas con más horas. Es importante destacar que la tramitación del “ERTE consecutivo” debe iniciarse antes de que finalice el ERTE por Fuerza Mayor. Es decir, antes del 30 de junio. En caso contrario, sería un ERTE “normal”. El Boletín dice más cosas, pero esto es lo más esencial. No descartamos que el Consejo de Ministros mueva la fecha del 30 de junio, pero debe tenerse presente como actual límite para los ERTE y la presentación de “ERTEs consecutivos”.

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