Limitación de las licencias de viviendas de uso turístico en Cataluña

El Decreto Ley 3/2023 introduce novedades en el régimen urbanístico de las viviendas de uso turístico (VUT) en Cataluña. La escueta norma cuenta con tres artículos, dos disposiciones transitorias y dos disposiciones finales.

Tabla de contenidos

licencias de viviendas de uso turístico

El Decreto Ley 3/2023 sobre licencias de viviendas de uso turístico, publicado el pasado 8 de noviembre de 2023, introduce novedades en el régimen urbanístico de las viviendas de uso turístico (VUT) en Cataluña. Esta es una norma requerida desde hace tiempo por distintos actores políticos y que ha causado diversas reacciones en los protagonistas del sector. La escueta norma cuenta con tres artículos, dos disposiciones transitorias y dos disposiciones finales.

Principales novedades sobre las licencias de viviendas de uso turístico

  • Obligación de licencia urbanística previa para las VUT en determinados municipios:
    • Los municipios que se consideran afectados son aquellos que tienen problemas de acceso a la vivienda o que se encuentran en riesgo de romper el equilibrio del entorno urbano por una alta concentración de VUT.
  • La licencia tendrá una duración de 5 años, prorrogable por periodos de igual duración cuando el planeamiento lo permita.
  • Actualmente, se han concretado 262 municipios, incluidos en el Anexo del propio DL 3/2023, entre los que se incluyen los municipios ubicados en zonas tradicionalmente turísticas de Cataluña. La norma ya prevé que esta lista pueda variar, previéndose una vigencia de cinco años desde el 9 de noviembre de 2023. Los criterios para revisar esta lista se encuentran en la Disposición transitoria primera.

Limitaciones al otorgamiento de licencias de viviendas de uso turístico

  • El planeamiento urbanístico debe prever expresamente que el uso de vivienda turística es compatible con el residencial.
  • No se podrán otorgar licencias de VUT cuando el municipio supere el límite máximo de 10 licencias de VUT por cada 100 habitantes.

El Decreto Ley 3/2023 pretende reducir el impacto del turismo residencial en el mercado de la vivienda en Cataluña. Las principales novedades introducidas son la obligación de licencia urbanística previa para las VUT en determinados municipios y las limitaciones al otorgamiento de licencias de viviendas de uso turístico.

La obligación de licencia urbanística previa para las VUT en determinados municipios es una medida importante para controlar el crecimiento de este tipo de viviendas. La duración de la licencia de 5 años, prorrogable, permite a los municipios evaluar el impacto de las VUT en el mercado de la vivienda.

Las limitaciones al otorgamiento de licencias de VUT también son medidas importantes para proteger el mercado de la vivienda. La exigencia de que el planeamiento urbanístico prevea expresamente la compatibilidad del uso turístico con el residencial ayuda a garantizar que las VUT no se ubiquen en zonas donde pueda suponer un problema para el acceso a la vivienda habitual. El límite máximo de 10 licencias de VUT por cada 100 habitantes ayuda a evitar la concentración excesiva de este tipo de viviendas.

El Decreto Ley 3/2023 es una medida que puede contribuir a reducir el impacto del turismo residencial en el mercado de la vivienda en Cataluña. Sin embargo, su eficacia dependerá de la aplicación que hagan los municipios de las nuevas normas.
Recuerda que al margen de las licencias municipales, ser host de una vivienda turística conlleva diversas obligaciones fiscales, podemos ayudarte a asegurarte que las cumples y ahorrarte dolores de cabeza.

Foto de Taylor Heery en Unsplash

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